Normalmente se distinguen derechos individuales (referido a las personas) y derechos colectivos o de los pueblos.
Dentro de los individuales y las materias que tratan están:
1.-Derechos civiles y políticos: como el derecho a la vida, integridad física, libertad de opinión, de conciencia, igualdad ante la ley, de reunión, de asociación entre otros.
2.-Derechos económicos, sociales y culturales: como el derecho a la propiedad, al trabajo digno y libre, a la salud, a la seguridad social a la educación, a sindicarse libremente, de la vivienda, entre otros.
Dentro de los derechos colectivos están:
- El derecho al desarrollo
- A la no contaminación del medio ambiente. Entre otros.
PRÓXIMO TEMA: DERECHOS HUMANOS –CAPÍTULO III
Fuente: Biblioteca del Congreso Nacional
Adaptado para EL GONG por Arturo R. Marshall